Actualizaciones sobre la facturación electrónica obligatoria en España

El proyecto de Orden Ministerial establece el 1 de octubre de 2026 como fecha oficial de entrada en vigor del nuevo marco de facturación electrónica B2B en España, cuya obligatoriedad se implantará de forma progresiva a partir de octubre de 2027.

¿Qué es la facturación electrónica obligatoria?

La facturación electrónica obligatoria es el sistema digital utilizado para emitir facturas por la venta de bienes o la prestación de servicios entre empresas.

A diferencia de las facturas tradicionales en formato PDF, estas se generan, envían y reciben a través de sistemas electrónicos mediante formatos de datos estructurados y codificados que garantizan:

  • Plena validez legal
  • Mayor trazabilidad y control por parte de la Agencia Tributaria (AEAT)
  • Más seguridad y transparencia
  • Procesos administrativos más ágiles y eficientes

Este sistema forma parte de la estrategia de transformación digital de España y tiene como objetivo modernizar la gestión de la facturación comercial, al tiempo que refuerza el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

¿Quién estará obligado a utilizarla?

De acuerdo con la Ley Crea y Crece y su desarrollo reglamentario, la facturación electrónica B2B será obligatoria para:

  • Empresas que operen en España
  • Trabajadores autónomos
  • Operaciones comerciales realizadas entre empresas y profesionales dentro del territorio español

La medida se aplicará específicamente a las transacciones entre empresas y profesionales (B2B), impulsando la digitalización del sector privado.

Calendario de implantación

La aplicación se realizará de forma escalonada:

  • 1 de octubre de 2026 – Entrada en vigor de la normativa
  • 1 de octubre de 2027 – Obligatoria para empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros
  • 1 de octubre de 2028 – Obligatoria para el resto de empresas y trabajadores autónomos

Las empresas deben comenzar a prepararse con antelación para garantizar que sus sistemas de facturación cumplan con los nuevos requisitos técnicos y legales antes de la fecha límite que les corresponda.

Aspectos técnicos clave de la nueva Orden Ministerial sobre facturación electrónica

El borrador de la nueva Orden Ministerial incorpora una serie de requisitos técnicos que transformarán la forma en que las empresas gestionan sus procesos de facturación y que tendrán un impacto directo en los sistemas ERP y las plataformas de gestión administrativa.

1. Conectividad total entre plataformas

Uno de los principios fundamentales del nuevo modelo es que todas las soluciones de facturación electrónica deberán poder comunicarse entre sí, independientemente del proveedor tecnológico utilizado.

Esto implica:

  • Intercambio fluido de facturas entre diferentes sistemas
  • Adopción de estándares comunes de comunicación
  • Fin de entornos cerrados o incompatibles entre plataformas

En la práctica, una empresa que opere con un software internacional deberá poder intercambiar facturas sin incidencias con cualquier proveedor o cliente que utilice otra solución homologada dentro de España.

2. Seguimiento obligatorio del estado de cada factura

La normativa exigirá que cada factura refleje su estado durante todo su ciclo de vida, permitiendo conocer en todo momento si ha sido:

  • Emitida
  • Recibida
  • Aceptada
  • Rechazada
  • Pagada

Esta trazabilidad aportará importantes mejoras en áreas como:

  • Gestión y previsión de tesorería
  • Supervisión y análisis financiero
  • Cumplimiento de obligaciones fiscales y regulatorias

Por ejemplo, tras la emisión de una factura, el sistema deberá registrar y actualizar su aceptación o rechazo dentro de los plazos establecidos para garantizar un seguimiento completo.

3. Uso obligatorio de formatos estructurados

Con el objetivo de facilitar la automatización y el tratamiento digital de la información, la Orden define el uso de formatos electrónicos estructurados compatibles con el procesamiento automático.

Entre ellos destacan:

  • Archivos XML normalizados
  • Formato Facturae, cuando sea aplicable
  • Otros estándares interoperables reconocidos

Este cambio reducirá progresivamente la dependencia de documentos PDF o procesos manuales que dificultan la integración entre sistemas.

4. Elección entre plataforma pública o soluciones privadas certificadas

El nuevo marco contempla dos vías para gestionar la facturación electrónica obligatoria:

  • La plataforma pública habilitada por la Administración
  • Plataformas privadas certificadas y autorizadas

Las empresas podrán optar por cualquiera de las dos alternativas. No obstante, las plataformas privadas deberán cumplir requisitos estrictos, entre ellos:

  • Garantizar interoperabilidad con otros sistemas
  • Mantener sincronización continua de la información
  • Reportar los datos requeridos a la Administración Tributaria

Este modelo busca ofrecer flexibilidad tecnológica sin renunciar al control, la transparencia y la estandarización exigidos por la nueva regulación.